Oficinas del SAC, donde se encuentra la OMIC. / Martín Tellechea

Este viernes se celebra, un año más, el Sorteo Extraordinario de Navidad, donde quien más quien menos tendrá puestos los ojos ya que todos tenemos algún décimo o participación comprado. Ante esta tesitura, ACUBI y la OMIC quieren responder por adelantado a las preguntas más frecuentes que nos solemos hacer.

¿Qué hago si me toca?

Lo primero, poner el décimo a buen recaudo. Las opciones más seguras son acudir a un notario para acreditar la existencia y la titularidad de la posesión del décimo o depositarlo en el banco, teniendo en cuenta que los premios superiores a 2.500 euros no pueden cobrarse en efectivo. Una vez el número está bien guardado, ya podemos ir a celebrarlo. Es posible que nos lleguen muchas ofertas bancarias en ese momento, pero siempre es mejor esperar y poder comparar las ofertas con tiempo y la cabeza fría.

¿Cuánto se queda Hacienda del premio?

Hacienda se queda el 20% a partir de los 2.500 euros de premio, aunque no hay que hacer nada, ya que el premio se entrega con la retención ya hecha.

¿Y si el décimo es compartido?

Al compartir números hay que recordar que es importante dejar constancia documental de las personas que participan y en qué porcentaje: una forma sencilla sería hacer fotocopias del décimo compartido (una por participante), indicando quiénes participan del número y en qué proporción y firmándolas todos. Al cobrar el premio, el impuesto se descontará al cobrador, debiendo los otros premiados recibir la proporción que les corresponda de la parte neta. Igualmente, es interesante informar de la titularidad compartida del décimo a efectos fiscales para que no se entienda el reparto del premio como una donación y nos reclamen el pago del impuesto de donaciones.

He perdido el número… ¿qué hago?

Lo primero es acudir a la Policía, la Guardia Civil o el Juzgado de Guardia para denunciar la pérdida o el robo, aportando toda la documentación que se tenga y que pueda acreditar la propiedad: fotocopias, fotografías, documentos notariales, mensajes, correos electrónicos… Después hay que notificar por escrito el hecho a la Asesoría Jurídica de Loterías y Apuestas del Estado, aportando la denuncia. Si el premio es superior a 5.000 euros se podrá solicitar en el juzgado una orden judicial para que se paralice el pago del premio, pero si el premio es inferior a 2.500 euros hay que ser rápido puesto que se puede cobrar en cualquier administración de lotería.

¿Y si tengo un décimo roto o estropeado?

No hay que intentar repararlo. Tal y como esté hay que llevarlo a una administración de lotería o a la sede de Loterías y Apuestas del Estado. Allí intentarán autentificarlo y, si no es posible, lo remitirán a la Fábrica de Moneda y Timbre, donde se fabrican, para que lo verifiquen y autoricen el pago. Si fuese denegado, el portador del billete podrá recurrir ante el Ministerio de Hacienda y acudir a los tribunales de justicia.