SAC. / Martín Tellechea

El Pleno de este viernes aprobaba el convenio entre la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Ayuntamiento de Irun para la prestación de servicios consistentes en la recepción, registro y remisión de comunicaciones que el ciudadano/a se dirija a la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y entes de derecho público dependientes de la misma.

Desde 1997

El SAC, desde su puesta en marcha en enero de 1997, tuvo como objetivo ayudar a la ciudadanía de Irun a realizar sus trámites con la Administración en general, no solamente con el Ayuntamiento, y para ello, en sus primeros meses de funcionamiento, se pusieron en marcha 3 convenios de registro, en virtud de los cuales el Ayuntamiento registra, fecha, sella y remite la documentación físicamente entregada en el SAC a:

– Gobierno Vasco y sus entidades dependientes de Derecho Público (Etxebide, Lanbide, etc.).
– Diputación Foral de Gipuzkoa.
– Administración General del Estado.

La idea inicial del SAC, en su concepción y construcción a lo largo de 1996, era desarrollar un proyecto de Ventanilla Única municipal, y mediante la fórmula de estos convenios, el Ayuntamiento de Irun, en 1997, pasó a ser uno de las primeros ayuntamientos del Estado en establecer, en toda su amplitud, la Ventanilla Única interinstitucional.

El nivel de servicio que estos convenios y el trabajo del SAC han venido ofreciendo a la ciudadanía de Irun es muy importante, en volumen y en ayuda a la hora de dirigir sus demandas a la Administración adecuada. Ha venido creciendo año a año, y en un ejercicio normal como el de 2019 supuso casi un 17% del total de escritos presentados (6.694 registros externos, por 33.425 registrados para el propio Ayuntamiento de Irun). No es muy comparable al ser un año especial, pero en 2020 esta cifra se ha reducido (3.839 externos por 35.392 internos). La caída de registros externos experimentada en el SAC en 2020 tiene que ver con la disminución de actividades de la ciudadanía forzada por la pandemia, pero también por el recurso de registrar directamente las solicitudes, digitalmente, en las Sedes Electrónicas de las Administraciones de destino. El teléfono 010 ha tenido una función importante en esto, prestando orientación y apoyo a la ciudadanía de Irun la hora de canalizar adecuadamente estas tramitaciones por Internet.

Por otra parte, sobre el volumen total de esta actividad de Registro Externo, la relación con Gobierno Vasco y sus entidades dependientes de Derecho Público supone la parte mayoritaria (entre el 71% y el 76% en los últimos ejercicios, por encima de 5.000 registros/año, concretamente 5.054 en 2019 y 2.750 en 2020), siendo la relación con la Administración General del Estado (Ministerios, Secretarías de Estado, Direcciones Generales,…) la de menor volumen (en el entorno de los 500 registros).

De cara al futuro

Si no hay una nueva prórroga de la entrada en vigor de la normativa sobre estas cuestiones (Ley 39/2015), nos encontramos en una situación de tránsito hacia el objetivo que establece la interconexión de los Registros de todo el Estado, que deberán ser electrónicos. Éste y otros aspectos de dicha Ley, que deberían haber tenido efecto el 2 de octubre de 2018, han visto retrasada su entrada en vigor, que en este momento se establece en el 2 de abril de este 2021. Realmente se trata de generalizar para todo el Estado lo que en Irun se viene haciendo desde hace 24 años.

Si se cumplen estas previsiones, quedarán sin efecto los tres convenios que el Ayuntamiento de Irun tiene en vigor con los tres rangos superiores de la Administración para prestar este servicio de Ventanilla Única en el SAC, debiendo establecer la adhesión del Ayuntamiento al Sistema de Interconexión de Registros (SIR) del Estado, cuya materialización inminente ya trabaja el Ayuntamiento; igualmente deberá ser ratificada por un próximo Pleno.

Por ello, y como el Convenio de Colaboración firmado el 31/1/2014 entre el Ayuntamiento de Irun y Gobierno Vasco para este fin finaliza su vigencia el próximo 15/2/2021, es decir, antes del 2 de abril próximo, se ha llevado a este Pleno la aprobación de su renovación hasta la fecha del 2 de abril o, por si se diese una nueva prórroga, hasta que efectivamente entren en vigor las previsiones del registro electrónico contenidas en la mencionada Ley, con el límite máximo de 4 años, contados desde la publicación en el BOPV.