La secretaria de ACUBI, Belén Martínez. / Martín Tellechea

Hasta ahora hablábamos que las rebajas de invierno comenzaban oficialmente en Euskadi el día 7 de julio. Tanto el inicio como la finalización de la temporada de rebajas las fijaba cada Comunidad Autónoma, aunque la Ley fija un periodo mínimo de una semana y un máximo de dos meses, y para poder acogerse a la Ley los comercios tienen que rebajar al menos la mitad de sus productos.

Sin embargo, en el año 2012 tuvo lugar un cambio en la normativa de las rebajas que fue aplicado por el Gobierno. El Real Decreto 20/2012 liberalizaba totalmente las rebajas y ampliaba los horarios comerciales en todo el Estado, teniendo la posibilidad de que los comercios hagan rebajas y descuentos cuando quieran, cualquier día del año. Si bien desde la aparición de esta normativa la mayoría del comercio vasco apostó por mantener la costumbre e iniciarlas como siempre: el día 7 de enero las rebajas de invierno y el 1 de Julio las de verano.

Desde siempre las rebajas han sido una muy buena oportunidad para hacer una compra provechosa siempre y cuando sigamos ciertas pautas de sentido común: fijarnos un presupuesto razonable y hacer una lista de compras, comprobar el descuento aplicado y la calidad en cada producto a adquirir.

Consejos para una compra provechosa en las rebajas

El primer paso para aprovechar adecuadamente la temporada de rebajas es fijarse un presupuesto máximo y hacer una lista de compras, para lo cual previamente debemos pensar bien los productos que necesitamos o nos apetecen y el dinero que nuestra economía nos permite gastar en los mismos

Como norma general. Las rebajas son de precio, no de calidad. Todos los artículos que se vendan como rebaja deben haber estado a la venta con anterioridad en el establecimiento, y no pueden estar deteriorados.

– Mirar bien las etiquetas, el doble precio. Los grandes porcentajes de descuento que se anuncian en los carteles no siempre se aplican a todos los productos del comercio. Así pues, debemos fijarnos bien en la etiqueta del producto que nos interese, que deberá mostrar el precio rebajado y el precio anterior (o el porcentaje del descuento aplicado). Asegúrese que el artículo es actual. Revise con atención la etiqueta. En los artículos textiles debe figurar la talla, la composición y el tratamiento aconsejable a efectos de lavado y planchado.
– Controlar el pago con la tarjeta. Si vamos a pagar con tarjeta de crédito o de débito, debemos fijarnos un límite razonable de gasto y ajustarnos a él, ya que pagando con la tarjeta somos menos conscientes del gasto que estamos haciendo que pagando con dinero en efectivo. Conviene saber que los comercios pueden rechazar el pago con tarjeta en rebajas, aunque en tal caso deben advertirlo de forma visible.
– Comprobar la calidad. Los artículos que se venden en las rebajas deben encontrarse en perfecto estado y haber estado a la venta normal al menos hasta un mes antes del inicio de las rebajas. Los productos con taras o defectos sólo pueden venderse en saldos o liquidaciones, no en rebajas. No obstante, es conveniente echar un buen vistazo al artículo antes de comprarlo para comprobar que no tiene defectos.
– No admitir limitaciones en las garantías. La Ley de Garantías no se va de vacaciones durante las rebajas. En estas fechas los productos nuevos tienen una garantía de dos años y los de segunda mano, de un año. La garantía por escrito o en soporte duradero es obligatoria para los bienes de naturaleza duradera (electrodomésticos, herramientas, muebles, juguetes, instrumentos…).
– Conservar el ticket o justificante de compra. Guárdese los tickets de compra con sus correspondientes impuestos. Le serán muy útiles a la hora de hacer una reclamación en caso de que el producto presente defectos o no funcione correctamente.
– Preguntar por la posibilidad de cambiar o devolver el producto. Tanto en rebajas como en temporada normal, el comerciante solo está obligado a cambiar el artículo o a devolver el dinero si el artículo tiene algún defecto o si la publicidad del producto concreto o del establecimiento anuncia la posibilidad de cambio o devolución sin necesidad de justificación por parte del consumidor. Solo en la venta a domicilio y a distancia puede el consumidor desistir de una compra ya realizada (devolver el producto y recuperar el dinero) sin causa justificada, en un plazo de 14 días naturales. En cualquier caso, antes de adquirir un producto conviene preguntar por la posibilidad de cambiarlo o devolverlo, aunque se encuentre bien, ya que algunos comerciantes lo permiten.

Diferencias entre rebajas-liquidaciones y saldos

La Ley diferencia claramente las rebajas de los saldos y las liquidaciones. Los consumidores deben distinguir claramente entre estas tres formas de actividad comercial.

Saldos

Productos que han perdido valor de mercado, por estar deteriorados u obsoletos, siempre que no impliquen riesgo o daño para el consumidor. Deben anunciarse como tales y estar en poder del vendedor al menos seis meses antes de la fecha de comienzo.

Liquidaciones

Es una venta de carácter excepcional, producida como consecuencia de una decisión judicial, cesación de la actividad, cambio de ramo, local, obra… y tiene como fin dar salida a todos los productos existentes en el local. Los artículos deben de estar previamente a la venta y el proceso no puede durar más de seis meses. Puede ser total o parcial.

Rebajas

Son productos rebajados de precio por cambio de temporada o de estación. Todos los productos que se ofrecen en rebajas deben de haber estado a la venta con anterioridad en el establecimiento y no pueden estar deteriorados. El establecimiento debe tener al menos la mitad de sus productos rebajados. Está prohibida la venta de productos fabricados exclusivamente para rebajas.

El vale

Con motivo de las fiestas navideñas de Olentzero y Reyes solemos adquirir regalos para nuestros familiares, pero en ocasiones estos obsequios no son del gusto de estas personas y acuden al comercio para realizar las devoluciones y como no se trata de un artículo defectuoso el comerciante no le devuelve el dinero y en cambio, le facilita un vale.

Esta práctica de entregar vales por parte de determinados establecimientos cuando un cliente quiere devolver un determinado artículo que no tiene defecto alguno entra en el ámbito de lo que se conoce como “técnicas de promoción de ventas”.

Se intenta que este incentivo de poder devolver sin razón aparente un artículo provoque un aumento de las ventas, convirtiéndose dicha posibilidad en un valor adicional del producto.

Para la utilización correcta de esta técnica debe explicarse claramente la mecánica de funcionamiento de estos vales para que el consumidor sepa en que condiciones se ofrecen. La información que se le de al consumidor sobre esta oferta debe ser veraz y completa.

El consumidor debe saber que:

1.- Cuando un establecimiento se compromete a devolver el importe, si lo desea el comprador, tiene el deber de hacerlo. (Suelen tener expuesto un cartel que dice por ejemplo “si no le gusta le devolvemos el dinero” o expresiones similares).

2.- Si el objeto devuelto fuese defectuoso, o con vicios ocultos, el comerciante está en la obligación de devolver su importe.

3.- El vale es un compromiso que aceptan ambas partes. Puede tener clausulas limitativas: “válido solo en rebajas”, si la compra se hizo en rebajas o dando un plazo prudencial para su uso. La práctica habitual es que el cliente haga uso del vale dentro de un tiempo prudencial, para que no se desvirtué su valor y el sentido del vale.