Tasa a empresas de electricidad, gas e hidrocarburos

SPI ha registrado una moción para el pleno del miércoles solicitando este gravamen, que vendría avalado por el Tribunal Supremo

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Javier Oyarbide, concejal de Sí se Puede Irun, ha pedido al gobierno municipal esta mañana en rueda de prensa “que se inicien los estudios y gestiones necesarias para la tramitación y aprobación, a través de la correspondiente ordenanza fiscal reguladora, de una tasa por la utilización o aprovechamiento del dominio público local a las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas o hidrocarburos en los términos de las sentencias del Tribunal Supremo que así lo avalan”. La moción, que se debatirá en el pleno del próximo miércoles, fue registrada el pasado viernes, según ha comunicado la formación morada.

Justificación

En palabras de Oyarbide,“el pasado mes de diciembre, el Tribunal Supremo avaló mediante sentencia firme la obligación de las compañías eléctricas de pagar las correspondientes tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, confirmando la validez de las ordenanzas fiscales de pequeños ayuntamientos como Villalpando, en Zamora, o Arteixo, en La Coruña. El alto tribunal reconoce así la absoluta legalidad de estas ordenanzas, así como las tarifas resultantes de un informe técnico económico elaborado por la FEMP que ha sustentado el cálculo de dichas tarifas declarándolo justificado y conforme a derecho”.

Oyarbide ha continuado su intervención señalando que “la Ley Reguladora de las Haciendas Locales estableció en el año 2004 que las compañías eléctricas, las empresas de gas, de agua e hidrocarburos, debían pagar a los municipios a los que suministren por aire, suelo o subsuelo un 1,5% de su facturación en el término local, y que también están obligadas a pagar por atravesar los municipios aunque no les suministren de manera directa. Desde entonces las compañías eléctricas han litigado con los ayuntamientos para evitar el pago de estas tasas por considerarlas desproporcionadas. En contra del criterio de las empresas, el Tribunal Supremo valida este gravamen, que se fija tomando como referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento si los bienes afectados no fuesen de dominio público, provocando así que sea más justa y adecuada para compensar el uso del dominio público por parte de las empresas y particulares. Según los fallos judiciales, se puede llegar a cobrar entre 3.000 y 12.000 euros al año por kilómetro lineal según el tipo de tensión (baja, media o alta) y entre 500 y 4.000 euros al año por cada kilómetro de gasoducto”.