Jardines de Luis Mariano y Paseo de Colón. / Bidasoa activa

El Ayuntamiento de Irun informa de las principales modificaciones en la ordenanza reguladora de las tarjetas y de las reservas de estacionamiento para personas con discapacidad, que están incluidas en la nueva normativa que entra en vigor el próximo 1 de enero y que fue aprobada por el Pleno el pasado mes de julio.

La delegada de Vía Pública, Mónica Martínez, señala que “esta modificación busca adaptar la ordenanza a la nueva normativa con el fin de tener un mayor control tanto a la hora de otorgar como a la de controlar el correcto uso de las plazas de estacionamiento para personas con discapacidad, las genéricas y las nominales. Hemos detectado cómo en algunos casos el uso no está siendo el adecuado, hemos recibido también aportaciones y, con todo, el objetivo fundamental es que estos espacios sean utilizados por las personas que realmente lo necesiten”.

Esta ordenanza regula la gestión y concesión de las tarjetas que permiten al titular de la misma aparcar en las plazas repartidas por toda la ciudad y que están destinadas para personas con discapacidad. Hay de dos tipos: plazas genéricas (pueden ocuparlas cualquier titular con la tarjeta de discapacidad correspondiente) y plazas nominales (concedidas a un titular bajo unos requisitos concretos). En detalle, las modificaciones más significativas son las siguientes:

En cuanto a las tarjetas, siempre y cuando se exhiba de forma visible en el interior del vehículo, la tarjeta será válida para estacionar en los lugares habilitados para ello, y además permitirá realizar una parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y por tiempo máximo de 60 minutos; y también estacionar de manera gratuita en zonas OTA durante un máximo de 60 minutos previa obtención de ticket gratuito. Cabe señalar que la concesión de tarjetas requiere una valoración de discapacidad que otorga la Diputación Foral de Gipuzkoa, como administración competente.

En cuanto a las plazas de estacionamiento genérico, y con el objeto de un uso rotatorio de las plazas, se establece un límite en el estacionamiento continuado en una misma plaza de estacionamiento genérico para una misma tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad de la siguiente forma:

– En zonas reguladas (OTA), 24 horas de límite de estacionamiento continuado en una misma plaza genérica.
– En el resto de zonas, 72 horas (3 días) de límite de estacionamiento continuado en una misma plaza genérica. Pasados estos límites, no se podrá volver a aparcar en la misma plaza hasta 12 horas después.

En cuanto a las plazas nominales, para un mayor control y mejor uso de las plazas nominales, se establecen nuevos requisitos para la obtención de esta plaza. En detalle, dar la posibilidad de optar a una plaza nominal a personas titulares de tarjeta cuya movilidad haya sido establecida en 12 o 13 puntos, movilidad grado B, o movilidad grado A (hasta ahora sólo era grado A); se requiere además un uso diario en días laborables, y se establece por último el pago de una tasa para la creación y mantenimiento de la plaza.

El Ayuntamiento de Irun controlará discrecionalmente el uso de las plazas de estacionamiento para personas con discapacidad tanto las de uso genérico como las de uso nominal, para comprobar que se esté realizando un uso correcto de las mismas.